LOS DERECHOS DEL NIÑO
EXPLOTACIÓN
INFANTIL
Historia de la Explotación Infantil
La expansión industrial posterior a la Guerra Civil de Estados Unidos impuso una imperante necesidad de trabajadores. Para satisfacer esta necesidad, las industrias empezaron a emplear niños. Desgraciadamente, la explotación de estos jóvenes trabajadores continuó durante años. Muchos niños quedaban desfigurados o morían mientras realizaban ciertos trabajos peligrosos. Debido a que la revolución industrial surgió en Inglaterra, y con ella el desarrollo del sistema fabril y la explotación de los niños, conviene remitirse al siglo XVIII en Inglaterra, cuando los propietarios de las fábricas de algodón recogían niños de los orfanatos o los compraban a gente pobre, haciéndoles trabajar después a cambio, tan sólo, de su mantenimiento.
En algunos casos niños de cinco y seis años llegaban a trabajar entre 13 y 16 horas al día. Algunos reformistas, ya desde 1802 intentaron establecer restricciones legales para paliar este tipo de abusos pero sus logros fueron escasos, ya que no consiguieron siquiera reforzar las leyes existentes que limitaban el número de horas de la jornada laboral o la edad mínima para poder trabajar. Estas condiciones laborales se generalizaron en todas las fábricas. La mayoría de las veces, con el consentimiento de los principales líderes políticos, sociales y religiosos, se permitía que los niños trabajaran en tareas tan peligrosas como la minería.
La indignación social creció de forma paulatina. Sin embargo, la primera ley inglesa relevante sobre explotación infantil no se dictó hasta 1878; en ella se establecía la edad mínima para trabajar a los diez años obligando a los patrones de las empresas a que los niños con edades comprendidas entre los 10 y 14 años no trabajaran más de media jornada o días alternos. Además, el sábado sólo se trabajaría media jornada. Esta ley también limitaba a 12 las horas que podían trabajar los adolescentes con edades comprendidas entre 14 y 18 años, permitiéndoles un descanso de al menos dos horas para comer.
Con la ampliación de la revolución industrial al resto de Europa y a Estados Unidos se generalizaron los abusos y la explotación de niños durante todo el siglo XIX y principios del siglo XX. Al igual que en el caso inglés, los abusos fueron provocando una mayor indignación social que se vio reflejada en la aparición de leyes que limitaban tanto la edad mínima para trabajar como el número de horas por jornada laboral. Por desgracia, en la actualidad la pobreza y la escasez de recursos económicos obligan a millones de niños de los países en vías de desarrollo a vivir en condiciones infrahumanas.
Problemática Internacional
A finales del siglo XX el problema de la explotación de mano de obra infantil sigue siendo muy grave en numerosos países. Una serie de estudios realizados en 1979, año internacional del niño, mostraron que hay más de 50 millones de niños menores de 15 años que desempeñan multitud de trabajos en condiciones infrahumanas. Muchos de estos niños viven en países de América latina, África y Asia. Sus condiciones de vida son pésimas y sus posibilidades de alfabetización casi nulas. Sin embargo, sus escasos ingresos son imprescindibles para la supervivencia de sus familias. Muchas veces estas familias no pueden satisfacer las necesidades más primarias, alimentación, vivienda, ropa o agua con la que mantener un mínimo de higiene.
En algunos países la industrialización ha conllevado condiciones laborales para los niños que se asemejan a las peores fábricas y minas del siglo XIX. Además, los problemas de explotación infantil no se limitan tan sólo a los países en vías de desarrollo, sino que tienen lugar también en las bolsas de pobreza de las grandes ciudades de Europa y Estados Unidos, en lo que se ha venido a llamar el Cuarto Mundo.
Los esfuerzos más destacados para eliminar la explotación infantil a escala mundial provienen de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), creada en 1919 y que hoy forma parte de las Naciones Unidas (ONU). Este organismo ha desarrollado varias convenciones sobre el destino de la mano de obra infantil, prohibiéndose en los países miembros el empleo de menores de 16 años, y planteando la posibilidad de aumentar este límite en caso de tratarse de trabajos peligrosos; también se establece la obligatoriedad de llevar a cabo exámenes médicos periódicos y se regula el trabajo nocturno, sin embargo no tiene capacidad para obligar al cumplimiento de estos convenios.
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT),"el trabajo forzoso, la esclavitud y el tráfico criminal de seres humanos en especial mujeres y niños están creciendo en el mundo y adoptando nuevas e insidiosas formas". El reclutamiento obligatorio de niños para conflictos bélicos, considerado como una de las peores formas de trabajo infantil, está también en auge.Antecedentes jurídicos internacionales
· Declaración de los Derechos del Niño. Ginebra, 1924.
· Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 10 de diciembre de 1948.
· Declaración de los Derechos del Niño. Naciones Unidas, 1959.
· Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos. Diciembre de 1966; puesta en vigencia en 1976.
· Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Diciembre de 1966; puesta en vigencia en 1976.
· Convención americana sobre Derechos Humanos. San José de Costa Rica, 21 de noviembre de 1969; entró en vigor el 18 de julio de 1978.
· Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia. Resolución 3318. Asamblea General de Naciones Unidas, 14 de diciembre de 1974.
· Declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Asamblea General Naciones Unidas, 1975. En junio de 1987 entró en vigor la Convención contra la tortura.
· Marco jurídico sobre adopción y hogares de guarda. Resolución 41/85. Asamblea General Naciones Unidas, 3 de diciembre de 1986.
· Reglas de Beijing sobre justicia de menores. Resolución 40/33. Asamblea General Naciones Unidas, 29 de noviembre de 1985.
BASES TEÓRICAS
La primera declaración de derechos del niño fue la Declaración de los Derechos del Niño de Ginebra en 1924 redactada por la fundadora de la organización internacional Save the Children.
En 1948 las Naciones Unidas aprobaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se incluye a los niños de forma implícita, pero fue en 1959 cuando la Asamblea General de la ONU aprueba la Declaración de Derechos del Niño dadas sus necesidades particulares. Esta declaración constaba de diez principios:
PREAMBULO
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, Considerando que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento,
Considerando que la necesidad de esa protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,
La Asamblea General, Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
Principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Principio 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Principio 7
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Principio 8
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
En 1978 el gobierno de Polonia presentó a la ONU una versión provisional de una Convención sobre los Derechos del Niño. Tras diez años de negociaciones con gobiernos, líderes religiosos y ONG’s, el 20 de Noviembre de 1989, las Naciones Unidas presenta la Convención de los Derechos del Niño que se convirtió en ley en 1990. Entonces 20 países la firmaron y aceptaron. En la actualidad TODOS los países la han aceptado a excepción de Somalia y Estados Unidos. Sus artículos proponen nuevos aportes a los contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Es la primera ley internacional sobre los derechos del niño "jurídicamente vinculante".
Esta Convención consta de 54 artículos que profundizan los derechos del niño, reafirmando la necesidad de proporcionarles cuidado y asistencia especiales en razón de su vulnerabilidad, subraya la responsabilidad primordial de la familia por lo que respecta a la protección y asistencia; la necesidad de protección jurídica y no jurídica del niño antes y después de su nacimiento; la importancia del respeto de los valores culturales de la comunidad del niño, y el papel crucial de la cooperación internacional para que los derechos del niño se hagan realidad.
Del artículo 1 al 42 se tratan los distintos derechos, mientras que del 43 al 54 se explica de qué forma los gobiernos y organizaciones internacionales deben colaborar para que se cumplan los derechos anteriores.
Para no extendernos demasiado, nos centraremos en los diez principios de 1959 que resumen prácticamente todos los enunciados en la Convención de Derechos del Niño. Aunque para nuestro trabajo, y esta asignatura, el principio que se incumple es el 9 (…contra toda forma de abandono, crueldad y explotación… No deberá permitirse al niño trabajar…), pero creemos importante nombrar el resto, ya que sólo son diez y además al incumplirse uno automáticamente se incumplen otros tantos puesto que todos están relacionados entre sí. Así vemos que con el incumplimiento del principio 9 que es el que nos concierne, el niño ya no está gozando de esa protección especial de la que habla el principio 2; ni podrá desarrollarse y crecer con buena salud tal como dice el 4 ; además ese ambiente de amor y amparo de la familia que nombra el principio 6, en el caso de los niños que trabajan y son explotados no suele darse; el número 7 trata la educación, y como es bien sabido, niño que trabaja, niño que no va a la escuela, no dispone de tiempo ni fuerzas suficientes para dedicarse a ambas cosas.
Artículos de la Declaración EspañolaAdemás de que estas perversidades atenten contra los Derechos del Niño y los Derechos Humanos en general, también hay artículos en la Constitución Española, como es el ejemplo del artículo 45:
"Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo"
Pues la explotación infantil, sea del tipo que sea, atenta contra este artículo debido a que los niños explotados prescinden de todo eso, por lo que ya, ese artículo se está infringiendo.
Entonces, no comprendemos como hay gente que todavía haga sufrir a los niños, después de saber que atentan contra sus derechos, contra los de todo ser, y que además, también está prohibido por la Constitución Española y la de la mayoría de países.
En resumen, la explotación infantil, está rotundamente prohibida por varias declaraciones y aún así se sigue cometiendo.
Objetivos del Milenio
ODM #1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre
ODM #2: Lograr la educación primaria universal
ODM #3: Promover la igualdad entre los géneros
ODM #4: Reducir la mortalidad infantil
ODM #5: Mejorar la salud materna
ODM #6: Combatir el VIH/SIDA y otras enfermedades
ODM #7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
ODM #8: Crear una alianza mundial
Todos estos objetivos tienen relación con el niño pero el más importante es el ODM 2: "Lograr la educación primaria universal".
Brindar a los niños una educación básica es la mejor inversión que el mundo puede hacer para su futuro.
Muchos jóvenes tienen que trabajar para apoyar a su familia en lugar de ir a la escuela, y en algunas familias se espera que las niñas permanezcan en la casa y ayuden con las tareas domésticas - una tendencia que fuerza a las niñas a olvidar su propia educación. La educación reduce la pobreza al proveer oportunidades para que las personas puedan tener una vida mejor. El Objetivo 2 tiene la meta de asegurar que, en el 2015, todos los niños y niñas del mundo puedan completar la escuela primaria.
A medida que el mundo sigue impulsando las estrategias, la financiación y los programas necesarios para lograr que la visión descrita en la Declaración del Milenio sea una realidad, no debe permitir que los niños y niñas más necesitados de cuidado y protección – los excluidos y los invisibles- sean olvidados.
CONSECUENCIAS DEL TRABAJO INFANTILNiños y niñas analfabetos de por vida
Con la salud hipotecada por el cansancio, exposición continua al polvo, sorderas, jorobados, problemas en el crecimiento óseo...
Daños psicológicos, por ausencia de descanso, de juegos, de socialización.
SOLUCIONES
Para un problema tan complejo como el trabajo infantil se debe pensar en soluciones graduales:
Toma de conciencia del problema: la en muchos países no existen cifras acerca del trabajo infantil pues los gobiernos tan solo dicen que ese problema no existe, esto se da porque estos trabajos son marginales, se dan en sectores pobres o apartados, etc. La gente debe informarse acerca de este problema y no permitir que este siga sucediendo.
Se deben respetar los acuerdos internacionales (principalmente la declaración de los derechos del niño y del adolescente), legislaciones, etc. Un ejemplo son los convenios dispuestos por la OIT como el Convenio para la Edad Mínima (convenio n° 138) este fue adoptado en la asamblea general de 1973.
En este convenio se afirma que los niños menos de 15 años no pueden trabajar, la edad mínima para un trabajo fuerte o demandante ha sido establecida en 18 años en casos excepcionales, en 16 años. Se acepta el trabajo ligero entre los 12 y los 15 años, a condición de que el trabajo no perjudique la salud y la educación de los niños.
El Estado debe generar empleo digno y adecuado para las personas a fin de que estas puedan mantenerse de una manera sostenida, además de gozar de los beneficios de lo trabajado.
El Estado debe promover una educación primaria que llegue a todos, útil y de calidad a fin de que aquellos niños que la reciban no tengan que abandonarla y puedan sacar el mayor provecho de esta, para poder acceder a una mejor calidad de vida y salir de su pobreza.
Potenciar el rol de la mujer, para aliviar los problemas económicos de las familias pobres.
Se deben dar servicios sociales de apoyo para las familias de los niños trabajadores.
Los sindicatos de trabajadores deben impulsar el rechazo al trabajo infantil entre sus bases.
Apoyar las acciones de entidades como al OIT (Organización Internacional para el Trabajo), UNICEF, CARITAS, Defensora del Pueblo, etc.
Cancelar la deuda externa ya que esta es la gran culpable de que los países del Sur estén endeudados y esto les obliga a trabajar más, vender más y consumir poco, para ahorrar lo suficiente para pagar la deuda.
SOLUCIONES, ALTERNATIVAS:
La erradicación de la esclavitud infantil en la India depende del compromiso del gobierno de la India en dos aspectos: la potenciación del Acta sobre (la Abolición de) la Esclavitud y la creación de alternativas razonables (escuelas) para los niños esclavos y los que tienen posibilidades de llegar a serlo. Organizaciones no gubernamentales tendrán que ayudar muchísimo en tareas de control, llamando la atención siempre que el gobierno sea demasiado laxo.
Algunas ONGs del Sur han actuado directamente en lugares de trabajo, haciendo batidas para rescatar niños esclavos y forzados. Estas acciones no pueden llegar a gran número de niños, pero llaman la atención. La experiencia de estos grupos ha resaltado la importancia de establecer programas de rehabilitación para niños arrancados de condiciones laborales brutales; necesitan educación y tratamiento físico y psicológico.
Es importante también que ayudemos a los niños a conocer sus derechos, muchos no saben que los tienen.
Deben conocer sus derechos ya que se espera de los niños /as que se desarrollen plenamente y crezcan para convertirse en adultos responsables y participes de la sociedad, pero aquellos niños que no conocen sus derechos no pueden desarrollarse como se quiere ni pueden respetar los derechos de los demás ya que no tienen conocimiento de ello. Muchos niños trabajan por necesidad por que se encuentran en una situación de extrema pobreza y hacen lo que sea y por eso se aprovechan de ellos explotándolos sin justificación, negándoles la posibilidad de recibir una educación y de jugar con otros niños y niñas... Por eso creemos que es importante que los niños conozcan sus derechos.
Para ayudar a que los niños conozcan sus derechos ha de tener lugar un proceso de aprendizaje en tres etapas:
Explorar el tema de los derechos de los niños: reunir, analizar y sintetizar la información sobre el tema.
Responder a la información reunida: familiarizarse con toda una gama de perspectivas, llegando a sensibilizarse con la dimensión humana del tema de los derechos, cultivando un sentido de solidaridad, y desarrollando interés en la participación.
Actuar de una manera concreta y práctica, usualmente en la propia localidad de uno; mediante la participación en las manifestaciones locales de temas de derechos globales, los niños pueden llegar a vincularse a empeños mundiales para promover la justicia y el cambio constructivo.
Los niños y jóvenes así como también, los padres y los adultos en general deben tener conocimiento de sus derechos y saber que no es algo que afecta a unos lugares determinados, es algo que abarca al mundo entero, todos tenemos los mismos derechos y es importante que no dejemos que nos los arrebaten.
CONCLUSIONES
El trabajo no debe afectar al niño de ninguna manera, este debe ser un medio para que el niño aprenda alguna labor y se enriquezca como persona.
La gente debe conocer acerca de esta situación para que no quede impune.
El estado debe controlar más el trabajo infantil para que este no genere situaciones de esclavismo, ni abusos a los niños.
Se debe mejorar los programas escolares para lograr un real cambio en el país, ya que la educación es el motor del progreso del país
Los niños que han sufrido de abusos a causa del trabajo infantil deben recibir apoyo del estado al igual que sus familias para que esta situación no se repita.